Solicitud de la tarjeta verde paso a paso

Resumen

En las solicitudes de tarjeta verde basada en la familia, el patrocinador en EE.UU. y el solicitante tienen una responsabilidad principal cada uno. El patrocinador en EE.UU. debe presentar la petición de visa de inmigrante (Formulario I-130). El familiar solicitante es quien debe completar el proceso de solicitud de la tarjeta verde (Formulario I-485 o procesamiento consular).

Pasos para el patrocinador en EE.UU.

Paso 1: Completa el Formulario I-130: Petición de Visa de Inmigrante

Una petición de visa de inmigrante comienza con el llenado del Formulario I-130. Este formulario notifica al USCIS sobre un ciudadano estadounidense o residente permanente que intenta patrocinar a un familiar que califica para la residencia permanente.

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes que patrocinan a sus cónyuges para la residencia permanente también deben completar un Formulario G-325A para ambos cónyuges. En este formulario se solicita información biográfica de cada solicitante.

Además del Formulario I-130, el patrocinador en EE.UU. puede completar un Formulario G-1145 opcional, que proporciona la información necesaria al USCIS para notificar de manera electrónica al patrocinador por correo electrónico o mensaje de texto al celular cuando se haya recibido la petición.

Paso 2: Reúne los documentos de apoyo

Los documentos de apoyo específicos para cada petición I-130 serán diferentes según las circunstancias específicas. En general, el patrocinador en EE.UU. debe proporcionar información sobre la condición de ciudadanía estadounidense o de residente permanente. También debe presentar documentos en los que se evidencie la relación del familiar que califique. Por ejemplo, si el ciudadano estadounidense o el residente permanente patrocina a su cónyuge, el patrocinador en EE.UU. debe proporcionar una copia del certificado de matrimonio válido. Si el patrocinador es el padre o la madre, debe proporcionar copias de los certificados de nacimiento de sus hijos para demostrar la edad del hijo y confirmar que el patrocinador es el padre o la madre.

Paso 3: Presenta la petición

La tarifa de presentación actual es de $535. La petición de visa de inmigrante se presenta en una dirección de localidad segura (lockbox) designada en Chicago. Existen dos direcciones separadas de localidad segura según la residencia en EE.UU. del patrocinador. Debido a que el Gobierno puede modificar periódicamente las tarifas o la ubicación de presentación para ciertos formularios de solicitud, los solicitantes siempre deben verificar que la tarifa y la dirección de presentación sean correctas en la sección Formularios en el sitio web del USCIS en http://www.uscis.gov.

Si el patrocinador de EE.UU. vive fuera de EE.UU., la petición de visa de inmigrante debe presentarse en el Consulado de EE.UU. en el lugar de residencia actual del patrocinador.

Cuando un pariente directo (el cónyuge, el hijo soltero menor de 21 años, o el padre o la madre de un ciudadano estadounidense) está en EE.UU., la petición de visa de inmigrante y la solicitud de la tarjeta verde pueden presentarse y procesarse simultáneamente. Como no hay lista de espera para los solicitantes que son parientes directos, no es necesario esperar a que la fecha de prioridad se convierta en actual.  En este caso, tanto la petición de visa de inmigrante como el ajuste de condición (Formulario I-485) pueden presentarse en el Centro Nacional de Beneficios en la dirección de localidad segura de Chicago apropiada.

Lista de verificación de la petición de visa de inmigrante

  • Formulario I-130.
  • Formulario G-325A para ambos cónyuges (si se presenta una solicitud por matrimonio).
  • Formulario G-1145 (opcional para notificaciones electrónicas).
  • Dos fotografías tipo pasaporte de ambos cónyuges (para solicitudes por matrimonio).
  • Tarifa de presentación de $535.
  • Evidencia de ciudadanía estadounidense o de residencia permanente del patrocinador.
  • Documentación de la relación familiar que califica.

Paso 4: Paga la tarifa de la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico

Una vez que se haya aprobado el Formulario I-130, el USCIS enviará una notificación al Centro Nacional de Visas. Si aún no está disponible un número de visa, el Centro Nacional de Visas enviará una notificación al solicitante en donde le comunique que el procesamiento continuará cuando la fecha de prioridad se transforme en actual. Si hay un número de visa disponible y el solicitante no está en EE.UU., el Centro Nacional de Visas enviará una factura al patrocinador en EE.UU. para procesar la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico. Una vez que el patrocinador en EE.UU. paga la tarifa (actualmente de $70), el Centro Nacional de Visas enviará el Formulario I-864 y las instrucciones al patrocinador.

Paso 5: Completa el Formulario I-864: Declaración Jurada de Sostenimiento Económico

El patrocinador de EE.UU. debe completar y presentar el Formulario I-864 y los documentos de apoyo solicitados al Centro Nacional de Visas. Este formulario se utiliza para demostrar que el patrocinador en EE.UU. cuenta con la capacidad económica para sostener tanto a su familia como la familia del solicitante en un 125 % más de lo que establece la guía de pobreza. Las guías de pobreza actuales se detallan en el Formulario I-864P que encontrarás en la sección de Formularios de http://www.uscis.gov.  Las guías de pobreza se actualizan todos los años, por lo general en primavera.

Nota importante: La Declaración Jurada de Sostenimiento Económico es un contrato entre el patrocinador en EE.UU. y el Gobierno de EE.UU. El patrocinador de EE.UU. certifica que sostendrá económicamente al familiar inmigrante. Es una base importante para la solicitud de la tarjeta verde y no debe tomarse a la ligera.

El documento de apoyo principal que debe presentarse con el Formulario I-864 es una copia de la declaración federal de impuestos del patrocinador en EE.UU. del año anterior. Probablemente se solicite documentación de apoyo adicional. El patrocinador en EE.UU. debe revisar cuidadosamente todas las instrucciones que envía el Centro Nacional de Visas antes de presentar la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico.

Una vez que se haya presentado una Declaración Jurada de Sostenimiento Económico, el patrocinador en EE.UU. estará obligado contractualmente a sostener económicamente al familiar inmigrante según los niveles que se establecen en las guías de pobreza. Esto significa que el patrocinador en EE.UU. acepta y es responsable de las necesidades económicas del familiar inmigrante. Esta obligación finaliza cuando el familiar se convierte en ciudadano estadounidense, se le acreditan 40 trimestres de trabajo para el Seguro Social, pierde su condición de residente permanente y abandona EE.UU., u obtiene la condición de residente permanente mediante una nueva Declaración Jurada de Sostenimiento Económico a continuación de los procedimientos de remoción. La obligación también finaliza cuando el patrocinador en EE.UU. o el familiar fallecen.

Hasta que las obligaciones económicas del patrocinador en EE.UU. bajo la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico hayan finalizado, el ingreso y los activos del patrocinador en EE.UU. se considerarán disponibles para el familiar. Esto significa que si el familiar solicita ciertos beneficios públicos, puede determinarse que no son elegibles para recibirlos. Si un familiar recibe ciertos beneficios públicos antes de que la obligación del patrocinador finalice, la agencia de EE.UU. puede solicitar que el patrocinador pague los beneficios.

Nota importante: El fallecimiento de un patrocinador en EE.UU. no libera su patrimonio ya que deberán reembolsarse los beneficios públicos recibidos por el familiar.

El patrocinador en EE.UU. no puede ser forzado a firmar la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico. No obstante, si el patrocinador no firma el Formulario I-864, el familiar no podrá obtener la tarjeta verde de EE.UU.

Pasos para el solicitante

Los pasos requeridos serán diferentes para los solicitantes que se encuentran fuera de EE.UU. y para aquellos que están legalmente en EE.UU. En ambos casos, los solicitantes deben mantener la condición de inmigrante calificado. En otras palabras, el solicitante debe permanecer como pariente directo de un ciudadano estadounidense o continuar calificando para una de las categorías de preferencia basadas en la familia durante todo el proceso de solicitud.

Solicitantes fuera de EE.UU.

En general, el Centro Nacional de Visas se comunicará con el solicitante para darle instrucciones específicas para cada paso del proceso. Los pasos generales de describen a continuación.

Paso 1: Completa el Formulario DS-3032

El Centro Nacional de Visas enviará el Formulario DS-3032 al solicitante. Este formulario le indica al Centro Nacional de Visas si el solicitante tiene un abogado al que deben enviarse los papeles.  Si no hay un abogado involucrado, el solicitante proporcionará la dirección a la que deben enviarse en el futuro los papeles relacionados con la solicitud de la tarjeta verde. Generalmente se trata de la dirección del hogar o del lugar de trabajo del solicitante.

Paso 2: Pago de las tarifas

Una vez que el Centro Nacional de Visas reciba el Formulario DS-3032 completado, enviará la factura con la tarifa de la visa de inmigrante al abogado que figura en el Formulario DS-3032 o al solicitante individual. Actualmente, la tarifa de procesamiento de la visa de inmigrante es de $535 y el cargo de seguridad de la visa es de $45. El solicitante debe revisar detenidamente la factura de la tarifa para asegurarse de que el pago se realice a la agencia correcta por el monto correcto. El pago puede realizarse por cheque certificado o giro postal.

No se aceptan los cheques personales o de abogados. Para cada factura de tarifa recibida debe emitirse por separado un cheque certificado o un giro postal. No combine las facturas de tarifa en un solo pago.

Nota importante: Existen algunas tarifas aparte que se solicitan para el procesamiento de la visa de inmigrante. Es importante que cada tarifa se pague por separado, con un cheque certificado o giro postal diferente.

Ahora se puede realizar el pago en línea al Centro Nacional de Visas en https://ceac.state.gov/ctrac. Para realizar un pago en línea, el solicitante debe proporcionar: 1) el número de caso y el número de identificación de factura (ubicado en la factura de la tarifa del Centro Nacional de Visas); y 2) número de enrutamiento del banco del individuo y número de cuenta (corriente o de ahorros).

Paso 3: Completa el paquete de instrucciones

Una vez que el Centro Nacional de Visas haya recibido todas las tarifas, enviará el paquete de instrucciones al solicitante. Este primer conjunto de instrucciones a veces se denomina Paquete 3. Este paquete de instrucciones será diferente según el consulado que procese la solicitud finalmente. El Centro Nacional de Visas enviará el paquete de instrucciones personalizado por el consulado específico. Generalmente, el paquete de instrucciones contiene la información a continuación:

  • Cubierta con código de barras del Centro Nacional de Visas en el que se especifica que el procesamiento comenzó;
  • Notificación con los requisitos de vacunación;
  • Instrucciones para los solicitantes de la visa de inmigrante;
  • Formulario DS-2001;
  • Formulario DS-230, Parte 1;
  • Formulario DS-230, Parte 2 (si fuera necesario para el caso específico); e
  • Instrucciones o formularios adicionales específicos del consulado designado.

En el caso de algunos consulados, el Centro Nacional de Visas recopilará toda la documentación para la selección previa. En el caso de otros consulados, el Centro Nacional de Visas recopilará solo algunos documentos. Los documentos restantes se presentarán directamente al consulado en la cita de la entrevista. Es importante que los solicitantes lean detenidamente las instrucciones proporcionadas por el Centro Nacional de Visas para determinar qué documentos deben, si no son todos, devolverse al Centro Nacional de Visas.

Generalmente, la documentación suplementaria requerida incluye:

  • Certificados de nacimiento
  • Certificados de matrimonio
  • Documentos de finalización del matrimonio o documentos del divorcio
  • Informes policiales y judiciales
  • Documentos de deportación
  • Expedientes militares
  • Fotocopia de la página de identificación del pasaporte
  • Certificados policiales
  • Documentos de custodia
  • Dos fotografías tipo pasaporte de cada solicitante

Los solicitantes deben presentar un original o una copia certificada de la documentación solicitada. Los documentos originales se devolverán en el momento de la entrevista de la visa. Se sugiere a los solicitantes que guarden duplicados de la documentación presentada en caso de que algún documento se pierda o se dañe.

Nota importante: Los solicitantes deben presentar documentos originales o copias certificadas de documentos originales. No se aceptan fotocopias sin certificar.

Una vez que el Centro Nacional de Visas haya recibido todos los formularios necesarios y los documentos suplementarios, completará cualquier procesamiento previo de la solicitud. Si la documentación está incompleta, el Centro Nacional de Visas solicitará información adicional.

Cuando el Centro Nacional de Visas haya completado todo el procesamiento administrativo necesario, enviará la presentación de la solicitud al consulado designado.

Paso 4: Obtención de un examen médico

Aproximadamente un mes antes de la cita para la entrevista de la visa, el Centro Nacional de Visas o la oficina consular enviará un paquete de cita al solicitante. A veces se lo denomina Paquete 4. El paquete de cita contiene una carta para notificar al solicitante sobre la fecha de la entrevista. Esta carta también proporcionará información sobre dónde y cuándo debe obtener el examen médico solicitado.

El solicitante debe realizar los pasos para completar el examen médico con la mayor antelación posible a la entrevista. También deberá asegurarse de seguir detenidamente las instrucciones para obtener el examen médico. Solo ciertos médicos están autorizados a realizar los exámenes de inmigración. No se aceptarán los exámenes que completen médicos no designados para esa tarea o los exámenes que carezcan de alguna prueba o de alguna vacuna para inmigración solicitada. Esto puede causar demoras en el procesamiento de la solicitud.

Nota importante: Los solicitantes deben programar sus exámenes médicos con la mayor antelación posible para asegurarse de que todos los resultados de los análisis de laboratorio estén disponibles al momento de la entrevista.

Paso 5: Asiste a la entrevista

El paquete de cita también brindará detalles relacionados con la hora y la fecha de la entrevista. Los solicitantes deben seguir detenidamente las instrucciones de la carta con respecto a la documentación que deben llevar a la entrevista. Dicha documentación incluirá la carta de la cita, los pasaportes, los documentos solicitados en el paquete de información que no se hayan presentado al Centro Nacional de Visas, las fotografías (si todavía no se enviaron al Centro Nacional de Visas), documentos que demuestren la relación entre el patrocinador y el solicitante, y documentos financieros. Todos los documentos que no estén en inglés o que estén en el idioma oficial del país en el que se realiza la entrevista deben tener una traducción certificada en inglés.

Se sugiere a los solicitantes llevar una copia de los documentos que se hayan presentado con anterioridad o que se presentarán en la fecha de la entrevista.

En la entrevista, un funcionario consular revisará los papeles presentados en busca de precisión y para interrogar al solicitante con respecto al contenido de la solicitud.

Aprobación

Siempre que el solicitante haya proporcionado todos los documentos correctos y no aparente ser inadmisible, el proceso de la entrevista debe ser rápido y simple. El motivo principal de la entrevista será el de documentar el sostenimiento económico del solicitante una vez que esté en EE.UU. La documentación en este punto debe ser detallada y completa. Se otorgará la visa siempre que el solicitante no sea inadmisible y el motivo de la petición de inmigración sea válido (familiar que califica).

La visa de inmigrante puede demorar varias horas para ser procesada. Es posible que el solicitante deba regresar al consulado en otro momento para recibir la visa o que se la envíen por correo.

Denegación

Si por algún motivo se deniega la solicitud de la visa, el solicitante tiene poco que hacer. En el consulado, el funcionario consular principal revisará cada denegación y deberá confirmar la denegación antes de que sea definitiva. El funcionario consular también puede remitir una decisión de denegación al Departamento de Estado para su revisión como cuestión legal. La decisión del Departamento de Estado es definitiva. Si la denegación se confirma después de este proceso, no hay revisión judicial en el sistema judicial y ni el solicitante ni patrocinador tiene derecho a una demanda para desafiar la denegación.

Nota importante: Los funcionarios consulares no tienen mucha autoridad para denegar una solicitud de visa de inmigrante. Pueden denegar una solicitud solo cuando el solicitante sea inadmisible o el motivo de la visa ya no sea válido.

Paso 6: Ingreso en EE.UU.

Generalmente, las visas de inmigrante son válidas durante seis meses. La validez de la visa se basa en parte en la validez del examen médico. Es posible que algunas visas de inmigrante sean válidas por menos de seis meses. Los titulares de la visa de inmigrante deben ingresar a EE.UU. antes del vencimiento de la visa.

Solicitantes en EE.UU.

Si el solicitante está en EE.UU. cuando la fecha de prioridad se está por convertir en actual, el Centro Nacional de Visas enviará una notificación al solicitante. En la carta se preguntará si el solicitante desea ajustar la condición en EE.UU. o si procesará la visa de inmigrante en un Consulado de EE.UU.

Si el solicitante indica que completará el proceso de la visa en un consulado, el Centro Nacional de Visas procederá con los pasos detallados arriba. Para poder ajustar la condición en EE.UU., el solicitante debe ser admitido legalmente y encontrarse en EE.UU. en una clase elegible para ajustar la condición, debe mantener una relación que califique con el patrocinador en EE.UU. y debe tener una fecha de prioridad actual.

Nota importante: Los solicitantes que sean parientes familiares directos y que estén actualmente en EE.UU. pueden presentar tanto el Formulario I-130 como el I-485 simultáneamente en el Centro Nacional de Beneficios. No es necesario esperar la aprobación del Formulario I-130 o que una fecha de prioridad se convierta en actual.

Si el solicitante decide ajustar la condición en EE.UU., el Centro Nacional de Visas lo asentará en el registro y retendrá el caso hasta que el USCIS lo solicite para el procesamiento. Para ajustar la condición en EE.UU., el solicitante debe completar los siguientes pasos:

Paso 1: Completa los formularios

Los solicitantes elegibles para ajustar su condición en EE.UU. deben completar el Formulario I-485 (Solicitud de Ajuste de Condición), el Formulario G-325A (Información Biográfica), el Formulario G-1145 (Notificación

Electrónica de Recibo/Aprobación de la Solicitud), y el Formulario I-864 (Declaración Jurada de Sostenimiento Económico) para cada solicitante, incluidos los familiares.

Un beneficio agregado de ajustar la condición en EE.UU. es la capacidad de solicitar autorización para trabajar y viajar mientras la solicitud es procesada por el USCIS. Las solicitudes de ajuste de condición a veces pueden demorar más de un año para procesarse. En este caso, tener la capacidad legal para trabajar y entrar en EE.UU. y salir de dicho país es beneficioso.

Estas solicitudes opcionales se presentan mediante el Formulario I-765 (Autorización de Empleo) y el Formulario I-131 (Autorización [de viaje] de Permiso Condicional Anticipado). El USCIS incluye automáticamente las tarifas de estas solicitudes opcionales para las solicitudes de ajuste de condición presentadas el 30 de julio de 2007 o después de esa fecha. Se incluyen las tarifas de estas solicitudes opcionales de autorización de viaje y de trabajo, incluso si el solicitante no desea presentarlas.

Nota importante: Las tarifas actuales de las solicitudes de ajuste de condición incluyen el costo de las solicitudes opcionales de viaje y de trabajo, incluso si el solicitante no desea presentar la solicitud de viaje y de trabajo.

Paso 2: Reúne los documentos

Los documentos de apoyo requeridos para una solicitud de ajuste de condición pueden demorar un tiempo para obtenerse. Esto es específicamente cierto en el caso de los documentos que provienen del extranjero.  Por lo tanto, es importante que los solicitantes comiencen a reunir estos documentos tan pronto como sea posible para garantizar que todo esté listo y disponible al momento de presentar la solicitud.

Certificados de nacimiento

Cada solicitante debe presentar un certificado de nacimiento. El certificado de nacimiento debe ser la versión de “formulario largo” que incluye el nombre del niño, la fecha de nacimiento, el lugar de nacimiento y los nombres de ambos padres biológicos.

Nota importante:Los certificados de nacimiento deben tener la siguiente información: 1) nombre del niño; 2) fecha y lugar de nacimiento del niño y 3) nombres de ambos padres biológicos.

En algunos países, el Gobierno no siempre ha mantenido los registros de nacimiento oficiales. En este caso, o cuando los registros de nacimiento originales no estén disponibles, podrá proporcionarse documentación sustituta.

La documentación de nacimiento sustituta generalmente consiste en dos declaraciones juradas por parte de las personas que estuvieron presentes en el nacimiento del solicitante. Otro tipo de documentación puede incluir registros de la iglesia, registros de la escuela u otros registros legales. Si se presenta la documentación de nacimiento sustituta, también debe presentarse una declaración jurada por parte de la autoridad del Gobierno local en la que se explique que no hay un registro de nacimiento oficial disponible.

Nota importante: La documentación de nacimiento sustituta también debe incluir una declaración del Gobierno local en la que se explique que no hay un registro de nacimiento oficial disponible.

Certificados de matrimonio

Debe proporcionarse un certificado de matrimonio para demostrar la relación con el patrocinador en EE.UU. o con el solicitante principal.  Si alguna de las partes ya estuvo casada antes, también deben incluirse la documentación del matrimonio anterior y la sentencia de divorcio o de defunción.

Documentos de finanzas

En caso de una solicitud basada en la familia, el asunto de si el solicitante recibe o no sostenimiento económico en EE.UU. es sumamente importante. Es posible que un solicitante que intente obtener asistencia pública sea considerado inadmisible. Es importante que los solicitantes documenten minuciosamente los recursos financieros disponibles para ellos en EE.UU.

Documentación de presencia legal

La documentación de presencia legal incluirá la tarjeta de entrada y salida I-94 y cualquier otra documentación relacionada con la inmigración que haya recibido el solicitante y que le permita permanecer en EE.UU.

Fotografías

Cada solicitante debe presentar dos fotografías tipo pasaporte.

Copia del pasaporte

Cada solicitante debe presentar una copia completa de su pasaporte, incluidas las páginas en blanco.

Paso 3: Completa el examen médico

Cada solicitante debe completar el examen médico requerido para determinar si existen problemas de inadmisibilidad relacionados con la salud. El examen debe ser realizado por un “cirujano civil” designado. El cirujano civil designado es un médico que ha sido aprobado por el Gobierno para administrar los exámenes físicos para los solicitantes de ajuste de condición.

Los solicitantes pueden localizar el listado actualizado de cirujanos civiles en su área en línea o por teléfono. En el sitio web del USCIS (http://www.uscis.gov), los solicitantes pueden hacer clic en “Customer Tools” (Herramientas para clientes), y luego en “Find a Civil Surgeon” (Buscar un cirujano civil). Los solicitantes pueden llamar al 1-800-375-5283. Después de seleccionar las instrucciones en inglés o en español, seleccione la opción 2 para exámenes médicos. El solicitante deberá introducir su código postal para obtener un listado de los cirujanos civiles locales.

Durante el examen, el médico revisará la historia clínica del solicitante y determinará qué vacunas serán necesarias, si fuera el caso. Todos los solicitantes deberán realizarse un análisis cutáneo de tuberculosis (TB) o una radiografía de tórax, así también como un análisis de sangre.

Los resultados del examen médico se darán a conocer al solicitante mediante el Formulario I-693 en un sobre sellado. El sobre sellado deberá incluirse con el resto de los documentos de la solicitud. Los solicitantes NO deben abrir el sobre ya que eso invalidará los resultados. Los solicitantes pueden solicitar al médico una copia de los resultados.

Los exámenes médicos, por lo general, tienen una validez de 12 meses. Es importante que los solicitantes intenten programar sus exámenes lo más cerca posible de la fecha de presentación de la solicitud para evitar el vencimiento de los resultados.

Paso 4: Presenta la solicitud

Una vez que se hayan completado los formularios, se haya reunido toda la documentación de apoyo y se hayan obtenido los resultados médicos, es el momento de presentar la solicitud.

Lista de verificación del ajuste de condición

  • Formulario I-485.
  • Formulario G-325A.
  • Formulario G-1145 (opcional para notificaciones electrónicas).
  • Tarifa de presentación de $ 930 para solicitantes de 14 años en adelante; $ 600 para solicitantes menores de 14 años.*
  • Tarifa de datos biométricos de $ 80.*
  • Dos fotografías idénticas tipo pasaporte.
  • Resultados del examen médico en sobre sellado.
  • Formulario I-864 y documentación de finanzas.
  • Declaración jurada del solicitante con respecto a medios pasados de sostenimiento económico (si el solicitante estuvo en EE.UU. por más de 3 meses).
  • Notificación de recibo o aprobación I-130 en la que figure la fecha de prioridad actual. **
  • Certificado de nacimiento extranjero del solicitante.
  • Copia del Formulario I-94: Tarjeta de Entrada y Salida, y otros documentos de inmigración que demuestren presencia legal en EE.UU.
  • Copia del pasaporte del solicitante.
  • Documentación de la relación familiar que califica.
  • Sobre sellado con su dirección (para recibir el comprobante de presentación).

Solicitud opcional para autorización de trabajo

  • Formulario I-765.
  • Dos fotografías idénticas tipo pasaporte.
  • Notificación de recibo o aprobación I-130 en la que figure la fecha de prioridad actual. **
  • Copia del Formulario I-94: Tarjeta de Entrada y Salida.
  • Copia de la página de identificación del pasaporte del solicitante y de alguna otra forma de identificación con fotografía.

Solicitud opcional para autorización de viaje

  • Formulario I-131.
  • Dos fotografías idénticas tipo pasaporte.
  • Notificación de recibo o aprobación I-130 en la que figure la fecha de prioridad actual. **
  • Copia del Formulario I-94: Tarjeta de Entrada y Salida.
  • Copia de la página de identificación del pasaporte del solicitante.
  • * Las tarifas de presentación están sujetas a cambios.  Los solicitantes deben verificar las tarifas actuales en la página del USCIS en http://www.uscis.gov.

** Esto no será necesario si se presenta el Formulario I-130 simultáneamente para los solicitantes que sean parientes directos.

Una vez presentado, el personal de la dirección de localidad segura (Lockbox) revisará la solicitud para determinar si debe recibirse o rechazarse. Las solicitudes se recibirán si contienen todos los formularios y las tarifas de presentación requeridas. Una vez recibida, el personal de dirección de localidad segura otorgará un comprobante de presentación realizado por computadora. El comprobante incluirá un número de caso que los solicitantes pueden usar para realizar consultas sobre el estado.

Las solicitudes que acepte el personal de dirección de localidad segura se enviarán al Centro Nacional de Beneficios. El Centro Nacional de Beneficios otorgará un segundo comprobante una vez que se hayan recibido los documentos de la solicitud. El Centro Nacional de Beneficios procesará las solicitudes de Autorización de Empleo y de Permiso Condicional Anticipado. También revisarán la solicitud I-485 para asegurarse de que esté completa. Si alguna documentación faltara o no estuviera clara, el Centro Nacional de Beneficios puede requerir que el solicitante proporcione información o documentación adicional.

Paso 5: Brinda tus huellas digitales

El Centro Nacional de Beneficios enviará una notificación de cita al solicitante para que se realice la toma de huellas digitales en un Centro de Respaldo de Solicitudes local. Las huellas digitales se enviarán al FBI para un control de antecedentes. Cualquier problema que surja del control de antecedentes se asentará en la presentación y se abordará en la entrevista.

Paso 6: Asiste a la entrevista

Una vez tomadas las huellas digitales, el Centro Nacional de Beneficios le enviará al solicitante una notificación de cita para la entrevista. Las entrevistas se programarán con la oficina local del lugar de residencia actual del solicitante. El Centro Nacional de Beneficios enviará la presentación a la oficina local para el proceso de la entrevista.

Se supone que las entrevistas se programan entre 45 y 60 días antes de la cita. Este tiempo es suficiente tanto para los solicitantes como para las oficinas locales para recibir información de la entrevista y prepararse para la reunión.

Al presentarse a la entrevista, los solicitantes deben llevar la notificación de cita original, el pasaporte con la tarjeta I-94 original abrochada y los originales de todos los documentos de apoyo que se presentaron con la solicitud. En particular, si la solicitud es por matrimonio, deberá proporcionarse documentación adicional que apoye la validez del matrimonio (fotografías de la pareja, finanzas conjuntas, residencia compartida, certificados de nacimiento de hijos nacidos del matrimonio).

Cada familiar, incluidos los hijos menores de 14 años, debe pasar por el proceso de entrevista. Los familiares generalmente, aunque no siempre, tienen permitido realizar juntos la entrevista. Depende del criterio del oficial si se entrevista a los familiares por separado o en grupo.  Si se los llama por separado, se acepta que se solicite amablemente la entrevista grupal.

Un beneficio agregado de ajustar la condición en EE.UU. es la capacidad de tener un abogado presente durante la entrevista. Los solicitantes que procesen la visa de inmigrante a través de un consulado no tienen permitida la representación de un abogado en la entrevista. A pesar de que un abogado no puede participar activamente en el proceso de la entrevista, la presencia de un abogado es de utilidad a la hora de aclarar algún tipo de confusión entre el oficial de Inmigración y el solicitante. El abogado también puede colaborar para garantizar que la entrevista se desarrolle sin inconvenientes y proporcionar una vía para la presentación de documentación adicional si el oficial no estuviera convencido acerca de la validez de la solicitud.

En la entrevista, el oficial del USCIS revisará los papeles presentados en busca de precisión. Siempre es mejor acudir bien preparado y listo para una revisión exhaustiva de la solicitud.

La primera cosa que los solicitantes deben hacer cuando se preparan para una entrevista consular es revisar la lista de verificación de la documentación para asegurarse de que los documentos estén completos y bien organizados.

Luego, los solicitantes deben leer cuidadosamente todos los documentos de la solicitud. Recuerda que probablemente se les hará a los solicitantes preguntas específicas relacionadas con los contenidos de la solicitud y que no será bien visto si no pueden recordar las respuestas. Puede ser un buen ejercicio realizar algunos ensayos antes de acudir a la entrevista. Revisa la solicitud y los documentos de apoyo con atención a los detalles como lo haría un oficial de Inmigraciones escéptico. Intenta predecir los tipos de preguntas que puede hacerte el oficial. En el contexto de una tarjeta verde basada en la familia, las preguntas pueden centrarse en la relación con el patrocinador en EE.UU., el sostenimiento económico del solicitante y la admisibilidad del solicitante en EE.UU. El solicitante debe estar seguro de ser capaz de documentar cualquier estancia anterior en EE.UU.

Después de revisar los formularios de la solicitud de ajuste, el oficial del USCIS puede pedir al solicitante que firme nuevamente el Formulario I-485. El oficial también puede realizar una anotación en el pasaporte del solicitante con el número A o número de expediente asignado al caso. Este número es la identificación permanente del solicitante como residente permanente. Está bien preguntar al oficial por el significado de alguna anotación que haya colocado en el pasaporte del solicitante.

Aprobación

Siempre que el solicitante haya proporcionado todos los documentos correctos y no aparente ser inadmisible, el proceso de la entrevista debe ser rápido y simple. El propósito principal de la entrevista será el de documentar el sostenimiento económico del solicitante en EE.UU. y la validez de las relaciones familiares, especialmente de los matrimonios. La documentación en estos puntos debe ser detallada y completa. Generalmente, a menos que el oficial señale un problema específico, la solicitud será aprobada. Se otorgará la visa siempre que el solicitante no sea inadmisible y el motivo de la petición de inmigración sea válido (familiar que califica).

En el caso de las solicitudes de parientes directos en las que los números de visa se asignan automáticamente, el oficial del USCIS puede colocar un sello I-551 en el pasaporte del solicitante. El sello es evidencia temporal de la condición de residente permanente hasta que se reciba la tarjeta verde. Los solicitantes deben tomar nota de la fecha de vencimiento del sello debido a que algunos oficiales pueden otorgarlos para un período muy corto (1 mes) mientras que otros oficiales pueden otorgarlos para varios meses o más de 1 año. El sello I-551 puede utilizarse para trabajar o viajar mientras el solicitante esté a la espera de que llegue la tarjeta verde por correo.

En el caso de otras solicitudes basadas en la familia, los procedimientos de las agencias requieren que los oficiales locales del USCIS presenten una solicitud al Departamento de Estado para que se asigne un número de visa. Una vez que el Departamento de Estado haya asignado un número de visa al caso, la notificación de aprobación se enviará por correo. El procesamiento de la tarjeta verde en sí puede demorar varias semanas. Los solicitantes pueden usar la notificación de aprobación para obtener un sello I-551 en la oficina local si requieren una autorización de trabajo o de viaje inmediata.

Denegación

Si por algún motivo se deniega la solicitud de visa, existen algunas opciones disponibles. El solicitante recibirá una notificación escrita con respecto al motivo de la denegación. Al mismo tiempo, el solicitante también recibirá una notificación para abandonar EE.UU. y una notificación mediante la cual finalizará cualquier autorización de trabajo.

Según el motivo de la denegación, el solicitante puede ser capaz de apelar la denegación, de solicitar que vuelva a considerarse la solicitud o de intentar presentar una solicitud para una visa de inmigrante en un Consulado de EE.UU. La notificación de denegación incluirá información relacionada con el derecho del solicitante a apelar. En general, las apelaciones o las mociones para volver a considerar una solicitud se presentan mediante el Formulario I-290B y se envían dentro de los 30 días posteriores a la denegación.

Consejos prácticos

Qué vestir: El propósito de la entrevista es el de determinar si el solicitante es elegible o no para emigrar a EE.UU. Si bien la vestimenta del solicitante no debe ser relevante, se trata de una entrevista formal y el solicitante deberá dejar en claro por su aspecto que esta cita es importante. Los solicitantes deben tener en cuenta vestirse cómodamente, pero de manera conservadora. Considera vestirte de manera similar a como lo harías para una entrevista de trabajo.

Consideraciones logísticas: Los solicitantes pueden tener que viajar hacia otra ciudad para la entrevista consular o para la entrevista de ajuste de condición. En estos casos, es una buena idea llegar al menos un día antes para darse tiempo para encontrar la oficina en donde tendrán la entrevista. Es importante tomarse el tiempo para trazar el recorrido específico a la oficina antes del día de la cita. Estar en una ciudad nueva puede resultar confuso y la última cosa que el solicitante quiere es faltar a la entrevista porque se subió a un tren equivocado o porque realizó un giro equivocado. Se recomienda a los solicitantes controlar la dirección en la notificación de cita y asegurarse de que saben cómo llegar al lugar.

Los solicitantes deben llegar temprano a la entrevista. Será necesario cumplir con procedimientos de seguridad y es recomendable asegurarse de que haya tiempo suficiente para completarlos y llegar a la oficina adecuada.

Qué esperar en la entrevista: Cuando el solicitante llegue, el oficial le solicitará los documentos para la solicitud de la visa. Es en este momento cuando el solicitante se beneficiará de tener sus documentos bien organizados. Si el oficial puede revisar de manera rápida y fácil la solicitud, el solicitante tendrá un muy buen comienzo.

El oficial revisará todo el contenido de la solicitud. Recuerda que el entrevistador puede preguntarle al solicitante cualquier tema relacionado con la solicitud de la visa, por lo cual el solicitante debe estar muy bien preparado para la entrevista. Es difícil predecir las preguntas exactas que se harán, pero es muy probable que el oficial comience por revisar los formularios completados para asegurarse de que el solicitante proporcione las mismas respuestas en persona que las que incluyó en los formularios. Si el solicitante no recuerda una respuesta, es mejor admitirlo que inventar algo que pueda no coincidir con lo que dice el formulario de solicitud.

Nota importante: Las preguntas de la entrevista a veces pueden ser muy personales, especialmente en los casos de solicitudes basadas en la familia. Pueden realizarse preguntas íntimas a las parejas casadas con respecto a los hábitos del cónyuge, si el matrimonio se consumó y si la pareja planea tener hijos. Es importante estar preparado para este tipo de preguntas y no sentirse ofendido. El oficial intenta comprobar la validez de la relación para determinar si debe otorgarse la visa.

Nota sobre la selección consular

Una vez que el procesamiento inicial se haya completado, el Centro Nacional de Visas enviará la petición al consulado designado en la solicitud I-130. Solo porque el patrocinador haya designado un consulado en particular no significa que ese consulado acepte procesar el caso.

Se da preferencia al consulado del lugar en donde el solicitante reside o residió por última vez. Esto sucede debido a que el consulado local está mejor equipado para resolver los asuntos relacionados con la elegibilidad del solicitante para obtener la visa, incluida la autenticidad de ciertos documentos y los recursos económicos del solicitante.

Los solicitantes también tienen derecho a hacer procesar su solicitud en cualquier consulado si están ubicados físicamente dentro de la jurisdicción de ese consulado y tienen la intención de permanecer allí durante el procesamiento de la visa. Sin embargo, esto no garantiza que el consulado aceptará la solicitud para procesamiento. Cada consulado tiene la autoridad para aceptar o rechazar una solicitud de visa de solicitantes que no estén dentro de su distrito. Los solicitantes deben ser conscientes de esto y considerar posibles demoras en el proceso de solicitud cuando elijan un consulado que no sea el consulado local.

Niños por cumplir 21 años

Según leyes anteriores, un niño debía ser menor de 21 años hasta la aprobación final de la tarjeta verde para clasificar como hijo elegible. Si un hijo cumplía 21 años antes de que se llegue a una decisión final de la solicitud de la tarjeta verde, ya no era elegible como hijo. A este proceso se lo denominaba “mayoría de edad”.

La ley actual, llamada Ley de Protección del Estatus del Menor permite dejar en suspenso la edad de un hijo en ciertas circunstancias. El hijo solicitante no es penalizado por el tiempo que el USCIS demore en procesar la petición de visa de inmigrante.

Los solicitantes que busquen patrocinar a hijos próximos a cumplir 21 años deben solicitar asesoramiento a un abogado experto en inmigraciones para determinar si se beneficiarán de la Ley de Protección del Estatus del Menor.

Nota importante: La Ley de Protección del Estatus del Menor puede ser confusa. Si un hijo está por cumplir 21 años, los solicitantes deben procurar obtener el asesoramiento de un abogado experto en inmigraciones para ayudarlos a decidir cuál es la mejor vía hacia la residencia permanente.


Residencia condicional

Los solicitantes por matrimonio que hayan estado casados durante menos de dos años al momento de la aprobación recibirán la residencia condicional. A ciertos empresarios que intenten realizar inversiones empresariales también se les otorgarán dos años de residencia condicional. En estos casos, las tarjetas verdes son condicionales debido a que el solicitante debe probar que el matrimonio o la inversión empresarial no se creó simplemente para obtener la residencia permanente. Los residentes condicionales reciben tarjetas verdes con una validez de 2 años.

Cerca del final del período de dos años, los residentes condicionales deben solicitar la eliminación de las condiciones sobre la residencia. Las condiciones se eliminan presentando el Formulario I-751 y proporcionando documentación de apoyo como evidencia de la vigencia del matrimonio o de la inversión de negocios. Debe presentarse la solicitud para eliminar las condiciones sobre la residencia dentro de un período de 90 días antes del vencimiento de la tarjeta verde condicional.