¿Es su esposo o esposa elegible para una Tarjeta Verde basada en el Matrimonio?

Visa por matrimoniothe newly married couple portrait

Las políticas de inmigración de EE.UU. intentan ayudar a que las familias permanezcan unidas. Los residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) y los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar visas que les permitirían a muchos de sus parientes extranjeros viajar y vivir legalmente en EE.UU.

Si deseas realizar la petición para que tu esposo o esposa obtenga una tarjeta verde basada en el matrimonio, debes demostrar que tu matrimonio es real. Asimismo, debes demostrar que puedes sostener económicamente a tu esposo o esposa si tu petición se aprueba y obtiene la tarjeta verde. El proceso depende de tu condición migratoria. La ley de EE.UU. limita la cantidad de visas que pueden otorgarse para determinadas categorías de personas.

Existen dos formas de obtener la tarjeta verde basada en el matrimonio para tu esposo o esposa: 1) procesamiento consular y 2) ajuste de condición. El proceso adecuado para ti depende de tu condición migratoria y del lugar donde tu esposo o esposa viven actualmente.

Mi esposo o esposa vive fuera de EE.UU.

Tu esposo o esposa pueden obtener una tarjeta verde mediante el procesamiento consular. A través del procesamiento consular, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), el Centro Nacional de Visas (NVC) y las Embajadas y los Consulados de EE.UU. en el exterior trabajan juntos para distribuir visas cuando éstas están disponibles.

Una vez aprobada, una visa le permitirá a tu esposo o esposa viajar a EE.UU. Él o ella recibirá una tarjeta verde cuando ingrese al país.

Para solicitar que tu esposo o esposa obtenga una tarjeta verde basada en el matrimonio, debes hacer lo siguiente:

  • Presenta el Formulario I-130: Petición para Pariente Extranjero y paga la tarifa de presentación de $535. Con este formulario podrás realizar la petición de una visa de EE.UU. para tu familiar. En el formulario se te pedirá información sobre la relación con tu esposo o esposa. Deberás enviar una copia de tu licencia matrimonial como evidencia del matrimonio. Ten en cuenta que, aun cuando el USCIS apruebe el Formulario I-130, no significa automáticamente que tu esposo o esposa puede trabajar o vivir legalmente en EE.UU.
  • El USCIS te enviará una notificación por correo que confirme que ha comenzado el procesamiento de tu solicitud o que te informe si necesita más información de tu parte. Asegúrate de enviar todos los documentos necesarios y completar todos los formularios de manera correcta desde la primera vez.
  • Luego de que el USCIS revise tu solicitud, te enviará por correo su decisión. Si rechaza tu solicitud, te informará sobre los derechos que podrías tener para apelar. Cuando la solicitud se apruebe, el NVC les informará a ti y a tu esposo o esposa cuando una visa esté disponible para que puedan solicitarla. (Nota: El esposo o la esposa de un ciudadano estadounidense no tiene que esperar a que una visa esté disponible).
  • El NVC te enviará una tarifa de $88 para presentar el Formulario I-864: Declaración Jurada de Sostenimiento Económico. Completa este formulario para demostrar que tienes dinero suficiente para sostener económicamente a tu esposo o esposa cuando viaje a EE.UU. Tu esposo o esposa debe enviar en línea el Formulario DS-260: Solicitud de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero mediante el Centro Consular de Solicitud Electrónica (CEAC) y pagar la tarifa de presentación de $230. En la notificación del NVC se te indicará cómo hacer esto.
  • El NVC trabajará junto con una Embajada o un Consulado de EE.UU. para programar una entrevista para tu esposo o esposa. Un funcionario en esta entrevista decidirá si tu esposo o esposa es elegible para obtener una visa de inmigrante.
  • Luego de la entrevista, el funcionario consular en la Embajada o el Consulado de EE.UU. le informará a tu esposo o esposa si la visa se aprueba o se rechaza. Si la visa se aprueba, tu esposo o esposa podrá ingresar a EE.UU. y recibir la tarjeta verde.

Mi esposo o esposa ya se encuentra legalmente en EE.UU.

Tu esposo o esposa pueden ser elegibles para obtener una tarjeta verde mediante el ajuste de condición. Esto significa que tu esposo o esposa puede cambiar su condición de titular de una visa a titular de la tarjeta verde, lo que le permitirá vivir de manera permanente en EE.UU.

Una persona que se encuentra legalmente en EE.UU. debe presentar dos formularios para obtener una tarjeta verde basada en el matrimonio: el Formulario I-130 y el Formulario I-485. El ciudadano estadounidense o el titular de la tarjeta verde pueden presentar el Formulario I-130 en nombre de su esposo o esposa. La esposa o el esposo ciudadano extranjero presenta el Formulario I-485. El esposo o la esposa de un ciudadano estadounidense puede presentar el Formulario I-485 al mismo tiempo que su esposo o esposa presenta el Formulario I-130. Esto se denomina presentación concurrente.

No obstante, el proceso consta de dos pasos en el caso de los esposos o las esposas de titulares de la tarjeta verde:

  • Primero, debes presentar el Formulario I-130 en nombre de tu esposo o esposa y esperar a que el USCIS lo apruebe. Luego, debes esperar a que la fecha de prioridad de la categoría de tu esposo o esposa se convierta en actual. (La fecha de prioridad es la fecha en que el USCIS aceptó tu Formulario I-130 presentado correctamente).
  • El USCIS te enviará el Formulario I-797: Notificación de Acción, que te permitirá saber si tu solicitud se ha recibido o aprobado. Cuando la petición se apruebe y la fecha de prioridad se convierta en actual, la esposa o el esposo ciudadano extranjero deberá presentar el Formulario I-485. Debe enviar con la solicitud una copia del recibo del Formulario I-130 o una copia de la notificación del Formulario I-797.

¿Qué sucede si me convertí en ciudadano estadounidense desde que presenté el Formulario I-130 para mi esposo o esposa?

Es importante asegurarse de que el USCIS sepa que te convertiste en ciudadano estadounidense naturalizado desde que presentaste el Formulario I-130 para tu esposo o esposa. El caso de tu esposo o esposa podría aprobarse más rápido si el USCIS supiera que te has convertido en ciudadano.

Debes informar al NVC si esto sucede mientras tu esposo o esposa se encuentra en el exterior y espera a que la fecha de prioridad se convierta en actual. Puedes hacer esto enviando una carta sobre el caso de tu esposo o esposa, una copia de tu Certificado de Naturalización y una copia de tu Formulario I-797: Notificación de Aprobación a la siguiente dirección:

National Visa Center
32 Rochester Avenue
Portsmouth, NH 03801-2909

¿Cuánto tiempo demorará la aprobación de mi petición?

El tiempo que demore la aprobación de tu petición depende de muchos factores. El USCIS intenta procesar las solicitudes de tarjeta verde en un período de cinco meses. En el caso de los parientes directos (esposo, esposa, padre, madre o hijos menores de 21 años) de un ciudadano estadounidense, el USCIS demora aproximadamente seis meses. Y puede demorar más si el USCIS tiene una gran cantidad de solicitudes. Haz clic aquí para consultar el tiempo que podrías esperar para que el USCIS procese tu solicitud.