Inmigración

La diferencia entre la Declaración Jurada de las Formas de Apoyo I-134 e I-864

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Al firmar una declaración jurada de sostenimiento económico, prometes ayudar a esa persona que va a viajar a EE.UU. en el caso de que necesite dinero mientras se encuentre en el país. Cuando firmas una declaración jurada de sostenimiento económico, te conviertes en el patrocinador de ese visitante o inmigrante. Una declaración jurada de sostenimiento económico es obligatoria a fin de que el Gobierno de EE.UU. no tenga que sostener económicamente a un inmigrante que necesite dinero mientras vive en EE.UU.

El patrocinador, no la persona que solicita la condición migratoria de EE.UU., completa la Declaración Jurada de Sostenimiento Económico. Se la entregas a la persona a la que patrocinas para que la incluya en su solicitud de visa de inmigrante o de tarjeta de residente permanente (tarjeta verde). Tu patrocinio normalmente durará hasta que el inmigrante se convierta en ciudadano estadounidense o haya trabajado legalmente en EE.UU. durante alrededor de 40 trimestres.

Para convertirte en patrocinador, debes tener 18 años como mínimo y ser ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde con domicilio en EE.UU.

¿Formulario I-864 o Formulario I-134?

El Formulario I-864 y el Formulario I-134 son declaraciones juradas de sostenimiento económico, pero se utilizan para distintas personas. Completas el Formulario I-864 para comprometerte a sostener económicamente a un pariente que desea obtener una visa de inmigrante o una tarjeta verde. Completas el Formulario I-134 para sostener económicamente a cualquier persona que desea obtener una visa de no inmigrante.

Con las visas de inmigrante, una persona puede vivir de manera permanente en EE.UU. Las visas de no inmigrante se utilizan para visitas temporales a EE.UU.

Ya sea que firmes un Formulario I-864 o un Formulario I-134, el Gobierno de EE.UU. puede demandarte si la persona a la que patrocinas reclama dinero del Gobierno, a través de las instituciones que tiene para tal fin.

Formulario I-864

Presentarás el Formulario I-864 después de que se acepte la petición de visa de inmigrante, como el Formulario I-130, que presentaste para tu pariente.

Llenado del Formulario I-864

Debes completar el Formulario I-864 cuando tu pariente tenga programada una entrevista para la visa de inmigrante en el exterior o cuando esté por solicitar una tarjeta verde mediante el proceso de ajuste de condición si ya se encuentra en EE.UU. Deberás incluir una copia de la declaración federal de impuestos de EE.UU. más reciente y evidencia de que tienes empleo. Tu declaración de impuestos y la evidencia de tu empleo deben demostrar que tus ingresos representan como mínimo el 125 % del nivel de pobreza de EE.UU. para el tamaño de tu hogar (esto te incluye a ti, a tus dependientes, a todo pariente que viva contigo y al pariente al que patrocinas).

Tu Formulario I-864 debe estar legalizado en EE.UU. o frente a un funcionario consular o de Inmigración de EE.UU. Luego puedes entregar tu Formulario I-864, la copia de tu declaración de impuestos y la evidencia de tu empleo a tu pariente para que este los incluya en su solicitud de visa o de tarjeta verde.

Cuándo NO completar el Formulario I-864

No necesitas completar un Formulario I-864 si tu pariente:

En su lugar, tu pariente puede presentar el Formulario I-864W: Exención de Declaración Jurada para Posible Inmigrante.

Formulario I-134

Puedes completar el Formulario I-134 en lugar del Formulario I-864 para una persona que desea visitar EE.UU. de manera temporal con una visa de no inmigrante. No siempre se requiere este formulario, pero la Embajada o el Consulado donde la persona solicita una visa de EE.UU. podría solicitarlo.

Debes demostrar que puedes sostener económicamente a esta persona si necesita dinero mientras se encuentre en EE.UU. Puedes incluir cualquiera de los siguientes documentos:

Debido a que firmas el Formulario I-134 bajo pena de perjurio según la ley de EE.UU., no necesitas legalizarlo.

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