¿Cuáles son los Documentos de Viaje?

pasaporte americano

Un documento de viaje es un formulario de identificación que los Gobiernos les otorgan a los ciudadanos o visitantes para que puedan cruzar las fronteras internacionales. El Gobierno de EE.UU. otorga diferentes tipos de documentos de viaje. El tipo de documento de viaje que usted necesite dependerá de su condición migratoria y del propósito de su viaje.

Pasaporte

El Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) otorga pasaportes a los ciudadanos estadounidenses. El pasaporte estadounidense le permite reingresar a EE.UU. después de viajar al exterior. El pasaporte estadounidense actúa como identificación y prueba de la ciudadanía estadounidense. Se acepta como forma válida de identificación en la mayoría de los países.

Tarjeta pasaporte

Una tarjeta pasaporte permite que los ciudadanos estadounidenses puedan viajar a Canadá, México, el Caribe y Bermudas por cruces fronterizos terrestres o puertos de entrada marítimos. El DOS introdujo la tarjeta pasaporte en el verano de 2008 como una alternativa menos costosa al pasaporte tradicional. Cualquier ciudadano estadounidense puede solicitar una tarjeta pasaporte. Tienen el tamaño de una licencia de conducir o tarjeta de crédito tradicional.

Formulario I-94: Registro de Entrada y Salida

El Formulario I-94: Registro de Entrada y Salida se utiliza para registrar dónde y cuándo un ciudadano extranjero ingresó y abandonó EE.UU. El formulario es para las personas que visitan EE.UU. de manera temporal y que no son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes (titulares de la tarjeta verde). El Formulario I-94 documenta la fecha en la que el viajero ingresó en el país y la fecha en la que debe abandonarlo.

A partir de 2013, el Formulario I-94 es creado por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de EE.UU. y no se otorga a los viajeros. Si un viajero desea obtener una copia de su Formulario I-94, puede obtenerla en www.cbp.gov/I94.

Visa

Generalmente, los ciudadanos de un país extranjero necesitan una visa para viajar a EE.UU. Puede solicitar una visa de EE.UU. en una Embajada o un Consulado de EE.UU. en su país de residencia. El tipo de visa que necesite dependerá del motivo por el que desea viajar a EE.UU.

Una vez que reciba la aprobación para obtener una visa, el funcionario consular en la Embajada o el Consulado de EE.UU. colocará la visa en su pasaporte. Generalmente, una visa es un sello o una forma de papel suelto que muestra el propósito de su viaje y la duración de la visa. La validez de la visa se muestra en la “fecha de vencimiento”, después de la cual no podrá ingresar a EE.UU. En el puerto de entrada de EE.UU., el Departamento de Seguridad Nacional determinará la cantidad de tiempo que se le permite permanecer en EE.UU. Ingresarán la “fecha de salida” en su Formulario I-94. Esta es la fecha en la que debe abandonar EE.UU.; es la fecha en la que vence su condición migratoria.

Documentos de viaje del USCIS

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) emite tres tipos de documentos de viaje para circunstancias especiales. Estos documentos de viaje permiten que las personas puedan reingresar al país sin obtener una visa. No obstante, una persona puede necesitar un pasaporte además de un documento de viaje para reingresar a EE.UU. Puede presentar el Formulario I-131: Solicitud de Documento de Viaje para solicitar:

  • Un Documento de Permiso Condicional Anticipado
  • Un Documento de Viaje para Refugiados
  • Un Permiso de Reingreso

Las personas que se encontraban de manera ilegal en EE.UU. no tendrán permitido reingresar al país  aunque tengan un documento de viaje.

Las personas que están clasificadas como asilados y que solicitaron asilo el 1 de Abril de 1997 o después de esta fecha pueden perder su condición de asilado si regresan al país del que solicitaron el asilo.

Permiso Condicional Anticipado

Un Documento de Permiso Condicional Anticipado le permite a una persona, que está en el proceso de ajustar su condición o es un refugiado o asilado que solicita una visa de inmigrante, reingresar a EE.UU. A esta persona podría impedírsele el reingreso si no obtuviera un Permiso Condicional Anticipado antes de partir. Además, podría denegarse su solicitud.

Las aerolíneas pueden aceptar un Documento de Permiso Condicional Anticipado en lugar de una visa, pero las personas con un Documento de Permiso Condicional Anticipado igual necesitan un pasaporte para reingresar a EE.UU.

Debe solicitar y recibir un Permiso Condicional Anticipado antes de abandonar EE.UU. Para solicitar el Permiso Condicional Anticipado, presente el Formulario I-131.

Un solicitante de ajuste de condición puede ser elegible para obtener una tarjeta especial que muestre que puede viajar y trabajar. Una persona elegible puede recibir esta tarjeta si presenta el Formulario I-751: Solicitud de Autorización de Empleo y el Formulario I-131 al mismo tiempo (en forma conjunta). Puede presentarlos junto con el Formulario I-485: Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Condición o después.

La condición de permiso condicional anticipado no garantiza que se le permitirá reingresar a EE.UU. La decisión recae en los funcionarios del CBP, que lo (a) inspeccionan al momento de ingresar en el puerto de entrada de EE.UU.

Documento de Viaje para Refugiados

El USCIS otorga Documentos de Viaje para Refugiados a las personas clasificadas como refugiados o asilados o a los titulares de la tarjeta verde que tienen condición de refugiado o asilado.

Usted debe tener un Documento de Viaje para Refugiados para regresar a EE.UU. si tiene una condición de refugiado o asilado y no es residente permanente. Sus familiares que están clasificados como asilados o refugiados derivativos también necesitarán Documentos de Viaje para Refugiados para reingresar a EE.UU. Si no obtiene el documento antes de abandonar EE.UU., podría denegarse su reingreso al país o usted podría ser deportado (a) de EE.UU.

Permiso de Reingreso

Un Permiso de Reingreso permite que un residente permanente o un residente permanente condicional solicite el reingreso después de haber estado fuera de EE.UU. durante un año o más. Las personas que obtienen un Permiso de Reingreso no tienen que solicitar una visa de residente en una Embajada o un Consulado de EE.UU.

Viaje de emergencia

El USCIS puede procesar una solicitud de un documento de viaje más rápido en caso de emergencia. El USCIS considera que las siguientes son situaciones de emergencia:

  • El hecho de no salir del país en una fecha determinada podría causarle una pérdida económica grave para usted o a la empresa para la que trabaja.
  • Se encuentra en una situación que pone en riesgo su vida.
  • Debe abandonar el país debido a una situación humanitaria, como una catástrofe natural u otra situación extrema en el extranjero que requiere de su asistencia.
  • Una organización sin fines de lucro le solicitó que abandone EE.UU. para participar en un programa cultural o social en el exterior que concierne a los intereses de EE.UU.
  • El Gobierno de EE.UU. solicitó que abandone el país para participar en una situación en el exterior que concierne a los intereses del país. (Esta solicitud debe provenir de una agencia oficial del Gobierno de EE.UU. y debe especificar que una demora perjudicaría al Gobierno de EE.UU.)
  • Un error del USCIS.
  • El hecho de que usted abandone el país concierne a los intereses del USCIS.

Los viajes de negocios, las bodas, las fiestas de fin de año y otros eventos planeados generalmente no se consideran situaciones de emergencia.

Para solicitar un procesamiento más rápido de la solicitud de su Formulario I-131, llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente del USCIS al 1-800-375-5283. También puede incluir una solicitud por escrito y documentos que apoyen dicha solicitud en el Formulario I-131. O puede ir directamente a la oficina local del USCIS y solicitar un procesamiento más rápido.